Buenos días,
Os expongo mi caso:
Adquirí vivienda VPP en el año 2007, con hipoteca convenida de la Comunidad de Madrid, y solicité y me fueron concedidas tanto ayuda a la entrada y subsidiación de cuota por 5 años.
Una vez transcurridos cinco años, este año 2012 he solicitado renovación de la subsidiación de cuota por 5 años más, estando ahora mismo en trámite en la Comunidad de Madrid.
El caso es que el año que viene me caso, y seguramente nos iremos a vivir al piso de mi pareja.
Mi duda es: en caso de que, como parece previsible, me concedan la subsidiación de cuota cinco años más, ¿incurro en algún tipo de ilegalidad si cambio de domicilio habitual? ¿debo devolver en este caso las ayudas?
Entiendo que obviamente, al cambiar mi residencia, ya no podré realizar la deducción por vivienda habitual en mi declaración de la renta, pero sí que tendré que declarar en su caso la ganancia patrimonial por la subsidiación en caso de que me la concedan, por lo que en ese caso, me estoy planteando ir a la Comunidad y solicitar renunciar a dichas ayudas.
A ver si alguien ha tenido un caso parecido y me puede orientar.
Muchas gracias, saludos.