Buenos días, soy nueva usuaria y aunque he utilizado el buscador sigo teniendo dudas sobre el tema.
Abrí una cuenta en 2008 y la he cerrado en noviembre de 2012. En hacienda me dicen que puedo hacer una declaración complementaria quitando los datos de lo degravado este año y añadir lo de los años anteriores para devolverlo antes de 2013.
en algunos comentarios del foro ponen que puedo hacer la declaración pero que cobran intereses de demora, pero que la puedo hacer en el ejercicio de 2013 sin problema y devolerlo.
Es así? que es mejor:
1- hacer la declaración complementaria ahora: El problema es que no he hecho la declaración nunca con el programa padre, sino por vía telemática con el borrador y confirmándolo. ¿Como debería hacerla? ¿La pueden hacer en hacienda ahora en diciembre?
2- La podría hacer en 2013, en el ejercicio 2012, donde podría devolver todo lo desgravado estos años?
Gracias