Muy buenas, abrí una cuenta vivienda en diciembre de 2005, desgravando los dos primeros años, después cambié la cuenta a otra entidad, a una cuenta conjunta con mi pareja.
Me han dicho que aquí en Vizcaya tengo hasta diciembre del 2013 para hacerla efectiva.
El tema es que mi pareja se ha separado y para adquirir el piso donde vivimos, constituimos una hipoteca que se está pagando con dinero de esa cuenta conjunta.
Como titular de la vivienda aparece solo ella, pero al aportar yo también al pago de esa hipoteca me gustaría saber si eso me valdría para hacer efectiva esa cuenta vivienda.
En caso negativo ¿podría yo adquirir un porcentaje del piso? Por ejemplo comprarle a ella un determinado porcentaje para ser propietario también?
Muchas gracias. Saludos.