Buenos días
Es cierto que el Iva reducido al 4% se puede matricular a nombre de:
- la propia persona discapacitada.
- del cónyuge del discapacitado o tenga una relación de parentesco en línea directa o colateral hasta del tercer grado, inclusive.
- la pareja de hecho de la persona con discapacidad, siempre que estén inscritos en el Registro de parejas o uniones de hecho de la Comunidad Autónoma de residencia.
- del tutor, representante legal o guardador de hecho del discapacitado siempre que tenga acreditada esta condición.
o se podrá poner a nombre de una persona que demuestre la convivencia con el discapacitado mediante certificado de empadronamiento o por tener el domicilio fiscal en la misma vivienda....
Pero en el caso de la exención del Impuesto de matriculación, aunque debería ser igual, Hacienda no lo especifica.
Así que lo mejor es que lo confirmes tú directamente con Hacienda. Te facilitamos el telf en:
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www.preguntasfrecuentes.net/2016/06/01/n...no-llames-a-los-901/
Salu2 y a ver qué te dicen. Ya nos contarás.
Antonio:
Buenas mi hermano tiene aprobado lo del iva deducible al 4% .mi pregunta es que si lo pongo a mi nombre me valgo solo de lo del iva o también del impuesto de matriculacion.en el concesionario m dicen que solo del iva qe para lo del impuesto de matriculacion tendría que ir a nombre del minusválido.