Buenas tardes David!
Al menos intentaremos echarte una mano en todo lo que podamos..
Por una lado tendrás que revisar de nuevo el Certificado de minusvalía.
- Si en algún sitio figura que que el grado de minusvalía es superior al 33%, tendrá ya derecho a la Exención del pago del Impuesto de matriculación del coche nuevo que compres.
- Por otro lado, revisa a ver si figura en algún sitio del Certificado las palabras movilidad reducida o Baremo de movilidad y el número de puntos indicado.
Si no figura nada de esto, según lo que nos has indicado sería:
Grado II: Dependencia severa. Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no requiere el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidad de apoyo extenso para su autonomía personal - NIVEL 1 -> 75-89 puntos IVD (tendríamso que revisarte si con eso es suficiente con más tiempo. Ya ves que ni los propios de Hacienda lo tienen claro..
Para la aplicación de estos beneficios fiscales, si matriculas el vehículo directamente a nombre la persona con minusvalía no tendrías que certificar tu parentesco, puesto que no serías tú el titular.
Si prefieres que el coche vaya a tu nombre directamente, sólo te beneficiarás de estas ventajas por minusvalía si cumples alguno de los siguientes casos:
* El certificado de empadronamiento en la misma vivienda de residencia de la persona con discapacidad
* Coincidencia de los domicilios fiscales del discapacitado y la persona que va a comprar el vehículo.
* Ser cónyuge del discapacitado o tener con él una relación de parentesco en línea directa o colateral hasta el tercer grado inclusive.
* Estar inscrito como pareja de hecho de la persona con discapacidad en el Registro de parejas de hecho de la Comunidad Autónoma en la que resida el discapacitado.
* Tener la condición de tutor, representante legal o guardador de hecho de la persona con discapacidad.
* En el supuesto de que el vehículo sea adquirido por una persona jurídica (Asociación, etc…), será necesario demostrar que esta desarrolla actividades de asistencia a personas discapacitadas o tenga trabajadores con discapacidad dentro de su plantilla que utilicen el vehículo habitualmente.
Si no los cumples, tendrás que poner el coche a nombre de tu abuela.
Por otro lado, te advertimos que HAcienda está últimamente revisando los casos de vehículos comprados con minusvalía para prevenir el fraude fiscal (sólo puede utilizarse el vehículo para uso exclusivo de la persona con minusvalía), por lo que antes de seguir adelante echa un vistazo a:
Inspector de Hacienda visita mi casa - Coche comprado con minusvalía
Y al tema:
Descuento por minusvalía: ¿Qué ocurre si el conductor no es la persona con minusvalía?
Ya nos contarás si aún así quieres seguir adelante.
Salu2!