Buenas noches.
Puedes ver a nombre de quién se puede matricular en el punto "¿Es obligatorio matricularlo a nombre de la persona con minusvalía?" del artículo siguiente:
Leer más:
www.preguntasfrecuentes.net/2009/08/12/d...uccion-del-iva-al-4/
Oficialmente ese vehículo "sólo puede ser para uso exclusivo de la persona con minusvalía" y esa frase exacta es la que teneís que decir en el caso de que un inspector de Hacienda os visitara.
Si reconoces que lo usas ocasionalmente tú, te tocará devolver lo ahorrado + sanción.
Salu2
Concha:
Hola buenas tardes,
Queríamos comprar el coche para "uso exclusivo" de mi padre el cual presenta una minusvalía por movilidad reducida del 83%. Es la primera vez que hacemos este tipo de transacción, y nos piden para acogernos al IVA reducido una solicitud a la aeat sobre el mismo. Mi pregunta es que si el coche puede ir a otro nombre que no sea el de mi padre, por ejemplo al mio, que soy la que va a pagar el coche (quiero hacer un regalo a la casa) y la que va a trasladarlo al médico y demás sitios donde él no puede ir, siguiendo yo en este caso beneficiándome del IVA reducido. O sin embargo tiene que ir él siempre como titular del vehículo. Saludos, gracias