Por un lado está la baja laboral, y será el Servicio público de Salud o la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales quién te indicará si corresponde que te den o no el alta.
Y por otro lado están los médicos forenses del seguro que realizan el seguimiento de la baja médica para la indemnización por la aseguradora.
Así que los días de baja laboral por los que te paga la Seguridad Social y los de baja médica por lo que te paga el seguro no tienen por qué coincidir.
Según los partes médicos y las lesiones determinarán si corresponden Días de Baja No impeditivos o Impeditivos.
Si no has podido ni siquiera acudir a trabajar, entendemos que al menos esa parte te la considerarán como días de Baja Impeditiva..
Y el resto de días dependiendo de las actividades que puedas o no hacer, te los contabilizarán de una forma u otra, independientemente de cuando te haya visto el forense.
Aunque acudas al trabajar puede seguir considerándose como Baja IMpeditiva si no puedes conducir tu vehículo, acudir a clases externas de algún tipo, al gimnasio como haces habitualmente, etc...
Todo depende de lo que hagas habitualmente y de cómo te encuentres.
Salu2
mari jose:
Gracias de antemano, si el médico forense establece que puedo empezar a trabajar pero yo no me encuentro bien, ¿ puedo seguir de baja en la Seguridad Social?
De los 2 meses y medio que llevo de baja laboral por no poder realizar mi trabajo me pueden decir que 1,5mes son impeditivas y los otros dias no impeditivos o las impeditivas empiezan a contar una vez que me haya visto el médico forense.