Buenos días.
- "¿Si un coche perteneciente a persona discapacitada es comprado por otra persona no discapacitada, sigue estando exento de pagar el IVTM?"
->> No. Salvo que la persona que lo adquiera sea a su vez minusválida y pueda solicitar exención.
- En el caso de vender el vehículo, ¿tendré la obligación de pagar los últimos cinco años de éste impuesto? Ya le digo, sin haber recibido ninguna notificación de pago por parte del ayuntamiento en éste tiempo .
->> Acude a Tráfico y solicita el historial de ese coche. Si ahí figura alguno de esos impuestos impagados, para poder transferirlo tendrás que liquidarlos primero.
Si no te llegan esos impuestos es por error de la Administración. (Suponemos que el coche está a tu nombre y figuran tus datos y domicilio en el Permiso de circulación del coche...)
- El ayuntamiento si se da cuenta del error, sólo podrá reclamarte el pago de los últimos 4 años. Los anteriorrs habrían prescrito.
- Para dar el coche de baja no es necesario tener esos impuestos pagados ni presentar el último numerito.
Salu2 y esperamos haber resuelto algunas de tus dudas. Sino pr aquí seguimos
Julián Sánchez:
Hace más de cinco años adquirí un vehículo que pertenecía a persona minusválida. El primer año me enviaron relación del impuesto de circulación que tenía que pagar, dado que poseo otros dos vehículos a mi nombre, me venía las matrículas y el importe a pagar de dos de ellos, pero no de ése último que adquirí, aunque viniese reflejado el vehículo, con matrícula y demás, ya le digo, perteneciente a persona con discapacidad y, hasta la fecha, desde ese primer año que me vino la notificación de los tres coches, no he vuelto a recibir más que la de los dos coches que tenía, pero la de éste último no he recibido nada.
¿Si un coche perteneciente a persona discapacitada es comprado por otra persona no discapacitada, sigue estando exento de pagar el IVTM?
En el caso de vender el vehículo, ¿tendré la obligación de pagar los últimos cinco años de éste impuesto? Ya le digo, sin haber recibido ninguna notificación de pago por parte del ayuntamiento en éste tiempo .
Contemplemos lo siguiente; entrego el coche para, por ejemplo achatarrar, o en concesionario como parte de pago ¿estoy obligado a entregar el último número del impuesto de circulación, o no es obligatorio? se supone que si surgiera alguna reclamación en el futuro, sería yo el que haría frente a ese pago.
He estado mirando en ésta página sede.dgt.gob.es/es/tramites-y-multas/tu-coche/bajas/ y entre la documentación a aportar, no he visto nada, salvo error u omisión, en la obligación de entregar el último numerito de aparcamiento.
Muy agradecido
Un saludo.