Comentario enviado por Javi:
Hola,
Quería preguntar sobre mi caso que me parece cuanto menos curioso.
Ayer 16 de febrero de 2016, recibí una multa por parte del ayuntamiento de Madrid, por aparcamiento en zona de carga y descarga, hasta ahí todo normal, admito que fue así y pague por ello grúa así como deposito del vehículo (que ya de por sí es de las tarifas mas caras de España, si comparo con otros ayuntamientos).
Lo curioso de todo esto es, que la infracción fue causada el 12 de febrero de 2015, y que por motivos de venta del vehículo sancionado, solicité un informe a la DGT para certificar que el vehículo se encontraba libre de cargas en agosto de 2015, siendo el resultado gratamente positivo, por tanto se vendió el vehículo sin ningún tipo de problema.
Mi pregunta por tanto es evidente, ¿ha prescrito? ¿debo de pagar?, en caso de recurrir ¿que debo hacer?.
Muchísimas gracias de antemano por vuestras respuestas.
Un saludo,
Javi