Comentario enviado por Javier Martínez:
Buenos días. Ayer encontramos una multa de tráfico en el buzón de casa. Se trata de una multa de radar puesta el pasado día 30 de enero por circular a 73 km/h estando limitada a 60 km/h. Lo curioso es que la carta no iba certificada ni nada, era una carta ordinaria. Además, indica que tenemos 20 días para pagar o alegar. Si no hacemos nada, será firme y a partir de ahí, 30 días para pagar si no, se pasará por hacienda. No se respeta el procedimiento sancionador, ni las notificaciones. Si queremos hacer alegaciones, las debemos enviar a un APARTADO DE CORREOS ¿¿¿???. Mi pregunta es qué debo hacer? Paso de ella?. Gracias por la ayuda.