Comentario enviado por Mario:
Hola, otro caso de una adquisición de vivienda, a ver si me puedes resolver un par de dudillas sobre el tema:
¿Hay plazo desde el momento que se realiza el contrato privado y, por tanto, el prestamo para liquidarlo en la consejeria?
y segundo, he leído en otra página que para no se considere donación encubierta, habría que devolver el préstamo poco a poco en plazos periódicos sin mucha carencia entre ellos ¿eso es así? Es que nuestra idea era en un principio que nos prestasen unos 30000 euros a 10 años con 0% de interés que ya le devolveriamos en algún momento.
Muchas gracias