Comentario enviado por A:
tengo una duda muy importante, espero que puedas ayudarme. Te lo agradecería mucho.
El caso es que he hecho un préstamo entre un familiar y yo, con contrato formalizado y lo he llevado a hacienda. Para ello me he basado en un modelo de internet dónde uno de los puntos menciona:
"Cuarta: El abono del capital se hará en el domicilio del prestamista, el cual extenderá un recibo anual justificativo del pago."
El caso es que ahora, en la web de la AEAT y por internet leo lo siguiente:
"Por tanto, debe acreditarse por cualquiera de los medios de prueba admitidos en Derecho, no sólo la conexión del préstamo y su destino (adquisición de vivienda habitual), sino la justificación de su devolución."
Por favor, podrías orientarme si un papel firmado por el prestamista es suficiente y admitido en derecho como prueba de la devolución del pago?
Muchas gracias.