Efectivamente, puedes solicitar un préstamo a tus padres a tipo 0, y devolverles mensualmente una cuota, y poderte deducir esas cuotas.
El fisco establece que se puede deducir la vivienda por financiación ajena pero nunca establece que la financiera sea un banco o una caja de ahorros. Por lo tanto puede ser perfectamente tu padre.
Además, no veo incompatibilidades entre las dos operaciones de préstamo y donación. Sólo decirte que las
deducciones de vivienda habitual por financiación ajena tiene unos requisitos que se puede leer en el artículo que hablamos de ese tema.
Salu2.
carlos:
Buenos días,
Mi padre me va a dejar 110.000 euros para comprar mi vivienda habitual con mi pareja (ella se hipoteca). Como en Galicia el impuesto de donaciones para mi caso(no tengo derecho a deducciones)es muy elevado ¿es posible recibir donación por 50.000 Euros y tributar el mínimo y formalizar préstamo a cero intereses por 60.000 Euros? El préstamo se lo devolvería en 10 años (pues puedo asumir 6.000 € de devolución al año). Es que me han dicho que hay q tener cuidado con el plazo, por eso no formalizo préstamo por toda la cantidad. En definitiva ¿son compatibles las dos operaciones? Muchas gracias de antemano.