Comentario enviado por severino:
- Compré el solar en 2002 y finalizé la vivienda en 2006 deduciéndome todos los años. En Septiembre 2006 (4 años después del inicio la construcción finaliza y me trasladé a vivir a ella.
- No solicité certificado Final de obra (ya lo tengo de junio 2010). La AEAT me pide justificación en 2007 de todas las inversiones(IRPF 2006) y se muestra conforme( presuponen final de construcción pienso yo) y los aceptan.
por lo menos eso creí yo hasta mayo de este año.
- En 2007 vendo la anterior vivienda y reinvierto todo el importe en los gastos de la nuea vivienda, gastos efectuados dos años antes en plazo como la ley indica.
- Ahora, en Mayo 2012, la aeat me dice que la obra no está acabada porque no presento certificado final de obra, ni vivo en ella a partir de los 12 meses de su final. Es decir, no he reinvertido nada, no he cumplido las condiciones. La D.G.T. en consultas vinculantes manifiesta que se puede probar la finalización por cualquier medio de prueba comunmente aceptado en derecho.He presentado todo tipo de evidencias de vivienda terminada. Consumos agua, luz, teléfono, gasoil, certificados arquitecto y aparejador sin visar. La liquidación provisional asciende a 20.000 € más sanción pueden ser 30.000.- €.Yo digo que si aceptaron los hechos ocurridos en 2006 conforme a la documentación presentada por mí, estarían basando la reclamación del 2007 en hechos imponibles del ejercicio 2006. En 2007 sólo vendí el piso y apliqué la reiversión a gastos ocurridos en un ejercicio prescrito.Espero su respuesta. Gracias.