RE: Separación, divorcio o disolución de una pareja de hecho y la fiscalidad hace 7 Años, 1 Mes
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Vete al notario y que te de una explicación.
Si no erais pareja de hecho, no le tendría que haber puesto nada, pero en realidad da igual.
Si puedes demostrar que ese piso era tuyo (privativo), no pasa nada.
El dinero obtenido puedes hacer lo que quieras, pero mantén un seguimiento de ese dinero. Así podrás probar que lo nuevo que compre es con ese dinero que seguirá siendo privativo, independientemente de lo que hagas con tu pareja.
Salu2.
Maria Rosa:
Hola buenos dias.hace poco vendi mi piso,que era totalmente de mi propiedad y lo pague con la herencia que me dejo mi padre,el caso es que vivo en pareja pero no nos hemos registrado como pareja de hecho ni nada,el tiene un piso con hipoteca que lo tiene alquilado,y resulta que cuando fui a firmar para vender mi piso el me acompaño,y cual fue mi sorpresa que el notario me dijo que le tenia que pedir permiso a el para vender algo que es mio,ademas puso en la escritura que somos pareja de hecho,y el no hacia ni un año que se habia empadronado en mi casa,de barcelona,con la venta del piso de barcelona,me he comprado una vivienda en tarragona y no le dejo empadronar en mi nueva vivienda,yo soy soltera,estoy muy angustiada les agradeceria si pudieran aclarar mis dudas,que problemas puede haber en todo esto nos hemos convertido en pareja de hecho
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RE: Separación, divorcio o disolución de una pareja de hecho y la fiscalidad hace 7 Años, 1 Mes
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De hecho, sois pareja. Vivís junto y tal aunque no estéis registrados.
Pero a efectos legales, no creo que importe.
Salu2.
Maria Rosa:
nos hemos convertido en pareja de hecho? muchisimas gracias
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RE: Separación, divorcio o disolución de una pareja de hecho y la fiscalidad hace 7 Años, 1 Mes
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NO le des mucha vuelta, lo que te indiqué en la primera respuesta.
Que se pueda seguir el dinero de la venta y la compra de la nueva.
Mantén todo lo tuyo separado de él... así, si las cosas no van bien, no te podrá reclamar absolutamente nada.
Salu2.
Maria Rosa:
una aclaracion cuando me he comprado la vivienda nueva he ido sola y no consta para nada
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RE: Separación, divorcio o disolución de una pareja de hecho y la fiscalidad hace 6 Años, 10 Meses
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Comentario enviado por Loli:
Yo compré una vivienda en cooperativa en 1988 y pagué yo sola las mensualidades hasta 1990 cuando me casé y nos la dieron. En la separación de bienes, ¿se tendría en cuenta no sólo el tanto por ciento que yo pagué individualmente, sino la subida de la vivienda en esos dos años? Porque he visto que la vivienda casi duplicó su precio en Madrid. Y me imagino que toda inversión tiene unos ganancias y sobre todo en vivienda.
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RE: Separación, divorcio o disolución de una pareja de hecho y la fiscalidad hace 6 Años, 10 Meses
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Eso ya se te aplica.
Ten en cuenta que compraste la vivienda por imagina te 100, y durante esos 2 años, pagaste 20.
Así, el 20% es tuvo privativo y el 80% gananciales.
Si ahora el piso vale, 1.000, lo que pagaste (20), ahora valdría 200 (revalorizandose) y el 80% ganancia, pues también.
Es porcentaje, no la cuantía invertida antes del matrimonio, lo que es privativo.
Salu2.
Loli:
Yo compré una vivienda en cooperativa en 1988 y pagué yo sola las mensualidades hasta 1990 cuando me casé y nos la dieron. En la separación de bienes, ¿se tendría en cuenta no sólo el tanto por ciento que yo pagué individualmente, sino la subida de la vivienda en esos dos años? Porque he visto que la vivienda casi duplicó su precio en Madrid. Y me imagino que toda inversión tiene unos ganancias y sobre todo en vivienda.
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RE: Separación, divorcio o disolución de una pareja de hecho y la fiscalidad hace 6 Años, 9 Meses
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Comentario enviado por Loli:
Pero el porcentaje cual sería?
Por ejemplo:
20 sobre x (1988) o
20 sobre x + y(1990)
mi hermana se apuntó a la cooperativa 1 año antes que yo, y la misma vivienda me costó 500.000 pesetas más que a ella. Vamos que su 20 de x no era el mismo que el mío que era 20 de (x + y).
Con esto, mi pregunta es, ¿mi 20 sería sobre el precio de 1988 y el 80 restante sería sobre el precio de 1990? Si no, ¿qué contamos en gananciales la revalorización del 80, 2 años antes?
Loli:
Yo compré una vivienda en cooperativa en 1988 y pagué yo sola las mensualidades hasta 1990 cuando me casé y nos la dieron. En la separación de bienes, ¿se tendría en cuenta no sólo el tanto por ciento que yo pagué individualmente, sino la subida de la vivienda en esos dos años? Porque he visto que la vivienda casi duplicó su precio en Madrid. Y me imagino que toda inversión tiene unos ganancias y sobre todo en vivienda.
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RE: Separación, divorcio o disolución de una pareja de hecho y la fiscalidad hace 6 Años, 9 Meses
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No te líes.
El piso costó un dinero, x.
Tú pusiste un dinero antes del matrimonio, y.
El porcentaje (tanto por 1): y/x
Cuando se venda, se obtendría un dinero Z.
Tu parte privativa: y/x·Z
Tu parte ganancial: (1-y/x)·Z/2
Salu2.
Loli:
Pero el porcentaje cual sería?
Por ejemplo:
20 sobre x (1988) o
20 sobre x + y(1990)
mi hermana se apuntó a la cooperativa 1 año antes que yo, y la misma vivienda me costó 500.000 pesetas más que a ella. Vamos que su 20 de x no era el mismo que el mío que era 20 de (x + y).
Con esto, mi pregunta es, ¿mi 20 sería sobre el precio de 1988 y el 80 restante sería sobre el precio de 1990? Si no, ¿qué contamos en gananciales la revalorización del 80, 2 años antes?
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