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Cuantía de las pensiones máxima y mínima en 2015.
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TEMA: Cuantía de las pensiones máxima y mínima en 2015.
#156761
RE: Cuantía de las pensiones máxima y mínima en 2015. hace 8 Años, 6 Meses Karma: 20
Comentario enviado por isabel:

¿Puede una persona cobrar una pension de videdad si esta cobrando una pension minima de invalidez?
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#156782
RE: Cuantía de las pensiones máxima y mínima en 2015. hace 8 Años, 6 Meses Karma: 60
¿Pensión mínima de invalidez? No se refería a la Pensión No contributiva de Invalidez (PNC de invalidez).

Si es así, me temo que cobrando la de viudedad, le quitarán la PNC.

Salu2.

isabel:
¿Puede una persona cobrar una pension de videdad si esta cobrando una pension minima de invalidez?
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#157016
RE: Cuantía de las pensiones máxima y mínima en 2015. hace 8 Años, 6 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Lucas:

Buenas tardes,
El 31/7/2015 falleció mi mujer la cual habia presentado la declaración del IRPF de forma individualen el plazo correspondiente. La declaración salía a devolver, pero hacienda dice que para hacer la devolución hay que presentar todos la documentación cuando una persona fallece así como los beneficiarios declarados en el Impuesto de Sucesiones.
Mi pregunta es la siguiente:
Si los rendimientos han sido generados en el año 2014 y en ese momento estabamos en regimen de gananciales hasta el fallecimiento, por que los hijos tienen derecho al tercio (dos hijos) de la devolución, cuando además en el mes de julio ya estaban en periodo de devolución.
Saludos
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#157042
RE: Cuantía de las pensiones máxima y mínima en 2015. hace 8 Años, 6 Meses Karma: 60
1. Efectivamente, hay que presentar dicha documentación.

2. Pero eso lo gestionais vosotros como queráis.
Lo normal es que ese dinero pasa a la unidad familiar, y después se mira los bienes, el 50% son de ella, y se reparte entre los herederos.

Salu2.

Lucas:
Buenas tardes,
El 31/7/2015 falleció mi mujer la cual habia presentado la declaración del IRPF de forma individualen el plazo correspondiente. La declaración salía a devolver, pero hacienda dice que para hacer la devolución hay que presentar todos la documentación cuando una persona fallece así como los beneficiarios declarados en el Impuesto de Sucesiones.
Mi pregunta es la siguiente:
Si los rendimientos han sido generados en el año 2014 y en ese momento estabamos en regimen de gananciales hasta el fallecimiento, por que los hijos tienen derecho al tercio (dos hijos) de la devolución, cuando además en el mes de julio ya estaban en periodo de devolución.
Saludos
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#157059
RE: Cuantía de las pensiones máxima y mínima en 2015. hace 8 Años, 6 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Lucas:

Muchas gracias por la anterior respuesta.
El problema que tengo ahora es el siguiente, si bien no se si es el lugar indicado para plantearlo.
Mi relación con las dos hijas habidas del matrimonio es NULA a raiz de la muerte de su madre, mi esposa, que compartiamos bienes en régimen de gananciales.
Mi intención era vender una casa para reinvertir en otra por el Sur,incluso a nombre de ellas dos y mia, donde yo quiero retirarme los días que me queden.
Mis hijas se oponen y ya no aceptan ni reuniones, ni arreglos a traves de terceras personas, ni nada., es decir, no quieren saber nada de mí y menos del capital perteneciente por herencia de su madre que lo consideran intocable.
En esta situación, solo tengo derecho al usufructo, pero no puedo vender pq, imagino nadie compraría mi 50% y ellas, por supuesto tampoco.
Como ejemplo, en la consulta anterior, la devolución de hacienda está pediente por que no quieren firmar la reclamación y este ejercicio que todavía sale mas a devolver tampoco.
¿Qué solución puede haber si es que hay alguna?
Saludos
anonimo
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#157107
RE: Cuantía de las pensiones máxima y mínima en 2015. hace 8 Años, 6 Meses Karma: 60
Si tienes interés de vender tu 50%, lo podrías hacerlo pidiendo una disolución de bienes indivisibles.

Pero claro, vender el 100% de la vivienda no puedes sin la autorización de los otros propietarios.

En cuanto al tema de Hacienda, les puede exigir que firmen.

Pregunta en Hacienda, si no te resuelve, acude a una gestoría o asesoría o abogado. Es posible que tengas que enviarle un burofax y en caso de no contestar, acudir a un juez.

Salu2.

Lucas:
Muchas gracias por la anterior respuesta.
El problema que tengo ahora es el siguiente, si bien no se si es el lugar indicado para plantearlo.
Mi relación con las dos hijas habidas del matrimonio es NULA a raiz de la muerte de su madre, mi esposa, que compartiamos bienes en régimen de gananciales.
Mi intención era vender una casa para reinvertir en otra por el Sur,incluso a nombre de ellas dos y mia, donde yo quiero retirarme los días que me queden.
Mis hijas se oponen y ya no aceptan ni reuniones, ni arreglos a traves de terceras personas, ni nada., es decir, no quieren saber nada de mí y menos del capital perteneciente por herencia de su madre que lo consideran intocable.
En esta situación, solo tengo derecho al usufructo, pero no puedo vender pq, imagino nadie compraría mi 50% y ellas, por supuesto tampoco.
Como ejemplo, en la consulta anterior, la devolución de hacienda está pediente por que no quieren firmar la reclamación y este ejercicio que todavía sale mas a devolver tampoco.
¿Qué solución puede haber si es que hay alguna?
Saludos
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#157866
RE: Cuantía de las pensiones máxima y mínima en 2015. hace 8 Años, 5 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Nando:

Hola, Ana. Tendrías derecho a la prestación económica por hijo a cargo de la Seguridad Social, en base a tu discapacidad que es superior al 65%, de carácter vitalicio, a la que se le podría sumar el complemento del 50% al tener una discapacidad superior al 75% y tener un grado de dependencia reconocido, con lo cual, la cuantía total mensual pasaría a ser de algo más de 551 euros mensuales (12 pagas anuales). No se tienen en cuenta los ingresos de la unidad familiar, es decir, lo que ganen todas las personas con las que convivas, en este caso tu marido. El único modo de que te pudieran extinguir la paga es si percibieras ingresos derivados de tu trabajo si estos exceden el salario mínimo interprofesional en cómputo anual. Es decir, algo más de 9100 euros anuales. Para tramitarla puedes pedir cita previa en la Seguridad Social y allí te informarán de todo. Te informo de todo esto porque yo tengo una discapacidad visual del 88% (también soy de Cádiz), y percibo dicha prestación por hijo a cargo (se llama así porque la titular suele ser el padre, la madre o el adoptante en su caso), pero si eres huérfana absoluta, la puedes tramitar tú y ser la titular de dicha prestación. Si no te ha quedado muy claro, puedes dejarme aquí algún comentario e intentaré ayudarte más.

Ana Rguez Torres:
Hola soy Ana, reciéntemete me han dado una discapacidad del83% no contributiva y revisar en dos años, soy dependiente de mi marido que no trabaja. Vivo en Cadiz, no se si tengo derecho a pensión ni la cuantía? Orienteme en esto por favor.
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#162412
RE: Cuantía de las pensiones máxima y mínima en 2015. hace 8 Años Karma: 20
Comentario enviado por Fran:

Ola buenas tardes, cobro una pensión de orfandad,pero no esty seguro si miran la cuantía bruta o neta.
me dijeron que era9000€ anuales maxima pero Nose si en brutos o netos
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