Comentario enviado por CRISTINA TOLEDO:
En mi caso he presentado la rectificacion de la autoliquidacion y devolucion de ingresos indebidos, con todos los documentos que indicabais.
Me lo han desestimado porque segun indican en la propuesta de resolucion de rectificacion de autoliquidacion recibida, "La prestacion de la seguridad social por maternidad, lo que reconoce es el derecho a la percepcion de cantidades que vienen a sustituir a la retribucion normal que obtendria el contribuyanete por su trabajo habitual. La fundamentacion juridica se sustenta en que la prestacion de la Seg.Soc.se da no por la maternidad en si, sino por la suspension de la relacion laboral, La prestacion es por la suspension del contrato y no por la causa que origina dicha suspension". Por lo tanto se considera Renta del Trabajo y lo DESESTIMAN.
Hablan de unos criterior de la DGT vinculantes V3163-13 y V3404-13.
Haber que me pueden incidar. Gracias de antemano.