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Jose Antonio:
Hola. Me gustaría saber si una persona con un contrato con la administración como "libre designación" y acogido a lo establecido en el artículo 15.1 c/ del Estatuto de los Trabajadores, tiene derecho a una jubilación parcial con contrato de relevo. Cumple los requisitos exigidos en cuanto a edad, cotizaciones, y tiempo de antiguedad en la empresa. La duda es por tratarse de un trabajador con un contrato no fijo.
Gracias.