Comentario enviado por Fignon:
No es demasiado problema. Pero debes estar muy atenta a los plazos para darte de alta como demandante. El mes de espera se cumple de fecha a fecha. Es decir, si acabo el paro el 24 de marzo, el mes de espera va del 25 de marzo al 24 de abril, y el subsidio de agotamiento comenzaría el 25 de abril.
Bien, qué pasa cuando el mes de espera se interrumpe por trabajo? En principio, es la única causa legítima por la que se puede interrumpir un mes de espera. En este caso, habrá de hacerse el mes de espera en 2 periodos. Al romperse la continuidad, ya no podemos hablar de un mes de fecha a fecha, sino de cumplir 30 días apuntada. Con un ejemplo se ve más fácil:
Acabo el paro el 30 de abril. El mes de espera empieza el 1 de mayo. Sin embargo, tengo un llamamiento el 16 de mayo. Como el 16 ya estoy currando, y el mes de espera exige estar desempleado y efectivamente inscrito como demandante, tengo 15 días hechos del mes de espera. Me faltan otros 15.
Cuándo hago esos otros 15 días de espera, para completar los 30? Esto es muy importante: El cómputo de los 30 días se reanuda una vez que te vuelvas a inscribir tras finalizar el trabajo (no es suficiente con que se acabe el trabajo)
Siguiendo con el ejemplo, imaginemos que el llamamiento finaliza el 30 de noviembre. Una vez que me inscriba como demandante, Y SIEMPRE QUE LO HAGA EN EL PLAZO DE 15 DÍAS HÁBILES A CONTAR DESDE EL 1 DE DICIEMBRE, se reanudará el cómputo de los 30 días desde la misma fecha de la inscripción. Si por ejemplo me apunto el 10 de diciembre, los 15 días que me faltan se cumplirán el 24 de diciembre. A partir del día siguiente empieza otro plazo de 15 días para solicitar el subsidio, que comenzará el 25 de diciembre.
Todo esto no vale para nada si, cuando acabo el llamamiento, ya tengo 360 días cotizados sumando varias campañas. En ese caso, lógicamente no hay que reanudar el mes de espera, sino que hay que solicitar el paro en los 15 días siguientes a que finalice el llamamiento.
Lo más importante de todo, y que se ve con relativa frecuencia, es tener claro que hay que apuntarse en el plazo de 15 días tras finalizar el llamamiento. Qué pasa si me apunto después de los 15 días y no tengo derecho a paro, pero sí a un subsidio que gasta cotizaciones?
Este es el caso dramático, pues no podrás cobrar subsidio por acabar el paro (que no gasta el trabajo), sino que tienes que cobrar subsidio por tener cotizaciones insuficientes para paro, que sí gasta el trabajo, con lo cual en la campaña siguiente, NO TENDRÁS COTIZACIONES PARA PARO.
Es un poco lioso, pero de enorme aplicación para los fijos discontinuos que trabajan 6 o 7 meses al año.
Un saludo.
Ana:
Soy fija discontinua de hostelería, normalmente hago temporadas de seis meses, por lo que pido el desempleo uniendo dos temporadas y al terminar de cobrar éste y esperando el mes de espera solicito la prórroga de ayuda no llegado a cobrar ni un mes pues reanudó mi contrato, al finalizar ésta reanudo la ayuda.el caso es que esta última temporada se alargará de tal forma que no tendré tiempo para que se cumpla el mes de espera.que solución tengo práctica poder seguir haciendo lo mismo?