Comentario enviado por Manuel:
Hola.
Actualmente estoy trabajando en una empresa y al mismo tiempo inicié actividad como autónomo hace un año (pluriactividad). Tengo cotizados 10 años por cuenta ajena, por lo que si no estuviese dado de alta en autónomos, cuando la empresa cierre tendría derecho a prestación por desempleo. Si me doy de baja en autónomos y posteriormente me voy al paro por el cierre de la empresa en la que trabajo por cuenta ajena, ¿podría capitalizar el paro si reanudo la actividad por cuenta propia posteriormente? ¿Exigen algún plazo mínimo antes de iniciar nuevamente la actividad en la que ahora cotizo como autónomo? En el texto legal pone no haber iniciado la actividad, pero no sé si se refiere a no haberla iniciado nunca o a no tenerla en marcha en el momento de pedir la capitalización. Sería sólo para las cuotas de autónomo. Gracias y saludos.