Comentario enviado por JURISTA:
Hola, creo que auntratando de resumirtelo al maximo mi contestacion , si me gustaria aclararte ciertas cosas.
1)El Impuesto Bienes Inmuebles (IBI), es un impuesto tributario local,que grava el valor de la titularidad sobre bienes inmuebles localizados en un municipio. ES DECIR GRAVA EL BIEN NO AL TITULAR DEL BIEN, con esto te digo que independientemente del propietario, el IBI se genera año a año, con la consiguiente obligacion de pago.
Cuando tu compras una propiedad es obligatorio que se aporte el recibo del IBI, salvo que por se vivienda de nueva construccion y no se haya tramitado. DEBES DE LEER BIEN LA ESCRITURA Y SI EN ELLA PONE QUE ESTAN PENDIENTES HACIENDO REFERENCIA EXPRESA, Y TU LA HAS FIRMADO SE CONVIERTES AUTOMATICAMENTE EN DEUDOR ( PERSONA OBLIGADA AL PAGO. Dado que compras con todos los derechos y obligaciones.
2) Con respecto de las CUOTAS IMPAGADAS de comunidad, ocurre igual que con el IBI, es decir, las cuotas es la aportacion de cada INMUEBLE a la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS en donde se integra, no es una deuda del pripietario sino del INMUEBLE. Por lo que si no pediste una certificacion de carggas al presidente o al administrador y no consta ésta en la escritura que firmaste, nuevamente te haces responsables del pago total de la deuda. Y te recomiendo que te pongas rapidamente en contacto con la dicha Comunidad de Propietarios para pagar o en sucaso negiciar la forma de pago, ya que sino , es muy probable, que inicien un juicio monitorio contra ti.
Espero haberte aclarado si cabe un poquito mas, lo que tan bien te han expuesto mis predecesores en las respuestas.
un saludo